viernes, 18 de agosto de 2017

S6 Actividad 2: Entrevistas

S6 Actividad 2: Entrevistas
PREVENIR, CORREGIR Y SANCIONAR
EL ACOSO LABORAL
1.- Guión de Entrevista:

Buenas tardes mi nombre es Pamela Briceño, me gustaría indagar sobre el tema de Acoso laboral, ya que investigando sobre el tema,  me he dirigido a estas oficinas donde me informaron que puedo obtener información a mi Investigación.

Entrevista al Abogado Raúl Suárez, Abogado y jefe de área de la Dirección de la defensa del trabajo.

Lugar: Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Preguntas y respuestas:

¿Cómo puede ayudarse a una persona que se siente acosada laboralmente?

En la dirección de la defensa al trabajador contamos con personal capacitado para dar asesorías en materia laboral. Éste servicio es completamente gratuito y es dirigido a todo el público en general que sean trabajadores de gobierno del estado, el propósito es asesorar a los trabajadores que lo soliciten en toda cuestión relacionada con las normas de trabajo.

¿Qué me solicitan para ser beneficiada con este trámite?

Identificación oficial con fotografía (INE, pasaporte o, cartilla militar). Llenar el formato de solicitud de asesoría y tienes un tiempo de respuesta ese mismo día en la reunión que tenemos con la persona afectada para saber si realmente se trata de un acoso laboral o un incumplimiento de alguna norma; ya que en nuestro país a pesar de que se da el acoso laboral muy pocas denuncias hemos tenido, más que nada son inconformidades sobre el sistema de trabajo y lo que hacemos es citar al patrón para saber si se puede dar una conciliación y si no invitamos al trabajador con las pruebas en mano, sobre interponer su denuncia ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y conjuntamente con ellos se monitorea el caso y si necesita un abogado para llevarse a juicio, se le otorga un representante legal sin costo alguno.

¿En qué caso consideran ustedes que hay un acoso laboral al trabajador?
Antes que nada y en caso de ser procedente, hay que seguir ciertos pasos como son:
En el momento de ser ratificada la queja, personal de la Comisión Estatal de Derechos Humanos entrevistará a la o el quejoso, levantando el acta circunstanciada respectiva y completará el formato que para tal efecto se le proporcione, que Contendrá: Nombre del o la quejoso; Área a la que pertenece; El nombre de la persona o las personas de quien se queja, su cargo y área de adscripción; Manifestación bajo protesta de decir verdad, los hechos motivo de la queja; Las pruebas que en su caso presente, precisar el nombre de los testigos que les consten los Hechos si los hubiese y los documentos que puedan servir de prueba; Domicilio para oír y recibir notificaciones; Firma del o la quejoso y Firma de la persona que reciba la queja.

El personal de la Secretaría, en todo caso orientará y canalizará apoyando al quejoso sobre el contenido de la queja o trámite a seguir; Cuando de los hechos motivo de queja, se advierta que carece de elementos que permitan la intervención del Comité, la CEDH, por conducto de su Titular hará las observaciones necesarias que el caso amerite para someter a consideración de aquél, la procedencia o improcedencia de la misma.

Admitida la queja, se iniciara el procedimiento de investigación, y de ser el caso, se solicitará al servidor o servidora pública que se le imputan los hechos materia de la queja, un informe documentado el cual deberá rendir en el término de cinco días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al que reciba el requerimiento, pudiéndose ampliar dicho término atendiendo las circunstancias del caso.

¿Cómo comprobar que si hay acoso laboral?

Para documentar debidamente un expediente de queja por hostigamiento, acoso sexual y/o laboral o discriminación, la secretaría  conjunto con personal de la CEDH, podrá solicitar la rendición y desahogo de todas aquellas pruebas que a su juicio resulten indispensables, siempre y cuando no estén prohibidas por la ley.

La Secretaría, a través de la CEDH podrá iniciar investigaciones cuando así lo requiera el caso, para lo cual tendrá de manera enunciativa y no limitativa, las siguientes facultades:
 1. Pedir a las partes involucradas la presentación de informes documentados complementarios.
2. Realizar visitas en las áreas donde se presume se están realizando las conductas de hostigamiento laboral.
3. Citar para una entrevista a las personas que deben comparecer como testigos y
4. Efectuar todas las demás acciones que considere conveniente,  para el mejor conocimiento del asunto.

Las pruebas que obren en el expediente de queja, serán valoradas en su conjunto por el personal de la secretaría y la CEDH atendiendo a las reglas de la lógica y de la experiencia, bajo una perspectiva de género y derechos humanos a fin de que puedan producir convicción sobre los hechos materia de la misma. Concluida la investigación, la secretaría junto con la CEDH formulará un proyecto de recomendación el cual remitirá al área de trabajo donde se llevó a cabo el suceso, para su conocimiento y en su caso resolución. En el proyecto de recomendación, se señalan las medidas que procedan para la efectiva restitución de los derechos afectados.


¿Cuáles son las medidas precautorias para evitar el Acoso Laboral?

Como acciones encaminadas a prevenir las situaciones de acoso, desde la Secretaría del Trabajo y previsión social, junto con el comité de igualdad de género en el Estado, se fomentan las medidas tales como: La difusión de este protocolo a todos los niveles de las Dependencias del Estado junto con los representantes de los trabajadores como los sindicatos.

Fomentamos las realización de reuniones departamentales periódicas, en las que los/las trabajadores/as participen activamente y reciban información suficiente sobre funciones, responsabilidades, métodos de trabajo.

Todos los empleados tendrán la responsabilidad de ayudar a garantizar un entorno laboral en el que se respete la dignidad; los mandos deberán tener especialmente encomendada la labor de garantizar y prevenir que no se produzcan situaciones de acoso dentro de su ámbito.

Promover las “buenas maneras” en la conducta con el objetivo de preservar en todo momento la dignidad de la persona. Para ello es importante evitar comentarios sobre la vida privada, apariencia, condición sexual. Evitar dibujos y fotografías de contenido sexual. Agresiones verbales, etc.

¿Aproximadamente cuántas denuncias se han interpuesto en esta Secretaría?

Te comento que en este año por el momento no hemos recibido ninguna denuncia en materia de acoso laboral. Como te comente el acoso laboral es una situación muy complicada de demostrar y no todos quieren denunciar.

¿Hay alguna ayuda psicológica para la víctima del acoso laboral?

Por el momento no contamos con ese servicio, sin embargo se le puede canalizar a alguna instancia de dependencias del estado para su pronta ayuda, pero hasta el momento no lo hemos hecho.

¿Hay Capacitación para el personal, sobre apoyo a las víctimas de acoso laboral?

Hay varios cursos de capacitación, sobre sensibilizar al personal para recibir a los trabajadores que vienen con diferentes quejas sobre las normas de trabajo, pues tenemos que hacer que se sientan en confianza para atenderlos y asesorarlos en materia legal.





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